Medio Ambiente Cantabria
Consejería de Medio Ambiente
2 de Septiembre de 2010
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MEDIO AMBIENTE CANTABRIA

Comisión para la Comprobación Ambiental

La Comisión para la Comprobación Ambiental es un órgano colegiado de carácter técnico y consultivo, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente.

 


 Medio Ambiente Cantabria Componentes de la Comisión:

 

En la composición de la Comisión, figuran:

 

PRESIDENCIA

 

  •  El Consejero con competencias en materia de Medio Ambiente, o la persona en quien delegue.

 

VOCALES

 

  • Director General con competencias en materia de Biodiversidad, o la persona en quien de­legue.
  • Director General con competencias en materia de Cultura, o la persona en quien delegue.

  • Director General con competencias en materia de Industria, o la persona en quien delegue.

  • Director General con competencias en materia de Salud Pública, o la persona en quien de­legue.

  • Director General con competencias en materia de Ganadería, o la persona en quien delegue.

  • Director General con competencias en materia de Desarrollo Rural, o la persona en quien delegue.

  • Director General con competencias en materia de Ordenación del Territorio, o la persona en quien delegue.

  • Director General con competencias en materia de Urbanismo, o la persona en quien dele­gue.

  • Director General con competencias en materia de Vivienda, o la persona en quien delegue.

  • Director General con competencias en materia de Turismo, o la persona en quien delegue.

  • Cuatro representantes designados por la Federación de Municipios de Cantabria en re­presentación de los municipios cántabros, dos de los cuales serán elegidos de entre los muni­cipios con una población de derecho superior a 50.000 habitantes.

 

 SECRETARÍA DE LA COMISIÓN

 

  • Un funcionario de la Dirección General de Medio Ambiente

 

OTROS

 

  • Además, podrá formar parte de la Comisión, con voz pero sin voto, previa solicitud del Ayuntamiento, incorporándose a ella en el momento oportuno que corresponda conforme al orden del día de cada reunión, un representante designado por el municipio competente para aprobar el proyecto, instalación o actividad que deba ser objeto de la comprobación ambiental.

 

PONENTES

 

  • Intervendrán como ponentes personal funcionario técnico y jurídico de la Dirección Ge­neral de Medio Ambiente.

 

ASESOR

 

  • Actuará como asesor, con voz pero sin voto, un Letrado designado por la Dirección Ge­neral del Servicio Jurídico.

 

 

 

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Fecha de Actualización
2 de Septiembre de 2010
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